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  • 1er Proveído: adecuar divorcio a 238! Ayuda!!!!

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 #1111993  por soledadv
 
Hola a todos mi consulta es la siguiente. Antes de la feria judicial inicie un divorcio unilateral del artículo 214 del código civil. Primer proveído post feria judicial me pide que adecue El proceso en los términos del artículo 238 del nuevo código. Al analizar el mismo establece una propuesta que debe hacer la parte hacia la otra ya que sin la misma no procede el divorcio. Ahí va mi consulta, la propuesta debe ser a nivel patrimonial? Ya que en este caso se trata de un matrimonio mayor en el cual los hijos ya son mayores de edad por lo tanto no hay acuerdo de tenencia ni régimen de visita ni alimentos, sólo hay bienes los cuales no se iban a denunciar en el expediente para hacerlo por fuera del mismo por una cuestión de economizar los gastos. Con el nuevo código, puede ser que esto ya no sea posible y haya que denunciar los bienes en el expediente ? Porque si no denuncio bienes no hay acuerdo de visita tenencia ni alimentos, no existe propuesta para realizar a la otra parte y de esta forma no procedería el divorcio. Cómo puedo hacer? que consejo me dan? que harían ustedes.
Demás está decir que les agradezco muchísimo por la colaboración. Gracias colegas por la mano. Espero puedan responderme. Saludos a todos.
 #1112778  por diegogvillamayor
 
hola, si el divorcio es por presentación conjunta tenes que denunciar el acuerdo de liquidación de los bienes,todo tal cual dice el articulo.
Podes decir que en cuanto a los bienes existe acuerdo privado entre las partes y ver que pasa.
Sino otra opciones es iniciar por presentación unilateral, planteas lo de los bienes, la otra parte se notifica y no acepta el acuerdo, ahi sale el divorcio y lo de los bienes lo arreglas por afuera como siempre.
En cuanto a los hijos denuncia que son mayores de edad y que no corresponde plan de responsabilidad parental.
 #1114778  por soledadv
 
gracias!!! si yo lo que hice...es unilateral asi que hago la propuesta si no acepta quería quedarme tranqui que podía arreglarlo por fuera por los gastos que implicaría hacerlo de forma judicial!