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  • SUCESION- ACTA DE DEFUNCION-

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 #1112704  por adrianita69
 
Los molesto porque tengo una duda sobre la certificacion del acta de defuncion.
La suceción tramita en provincia de Buenos Aires, pero el causante falleció en Capital Federal, entonces la pregunta es si debo hacer certificar el acta de defuncion en Lavalle 1220.
Quiza sea una pregunta tonta pero un colega me dijo que no y otro me dijo que si. Gracias por su ayuda.
 #1112714  por legalescom
 
Todas las partidas expedidas por el Registro Civil que deban ser presentadas fuera de la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán ser legalizadas previamente en la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Lavalle 1220, PB, de lunes a viernes de 7:30 a 13:30 hs.
 #1112730  por abogado_1987
 
adrianita69 escribió:Los molesto porque tengo una duda sobre la certificacion del acta de defuncion.
La suceción tramita en provincia de Buenos Aires, pero el causante falleció en Capital Federal, entonces la pregunta es si debo hacer certificar el acta de defuncion en Lavalle 1220.
Quiza sea una pregunta tonta pero un colega me dijo que no y otro me dijo que si. Gracias por su ayuda.
entiendo >

Tener en cuenta
NO se legaliza documentación plastificada.

¿Cuándo es necesario realizarlo?
Siempre que se desee presentar la documentación en otra provincia o ciudad que no sea la originaria del mismo.

Capital Federal
Dirección: 25 de Mayo 179 (C1002ABC)
Teléfono: (011) 4339-0800 - Internos: 71958 / 71960
Horario de atención: de 8 a 17:30 hs.

Certificar las firmas de funcionarios públicos nacionales, provinciales y municipales; los cuales deben pertenecer al organismo que emite la documentación. Se legalizan títulos y certificados, tales como: - Partidas de nacimiento, matrimonio y defunción. - Traslados. - Títulos primarios, secundarios y universitarios. - Certificación de antigüedad de servicios (docentes únicamente). - Sentencias judiciales originadas en las provincias. - Permisos especiales otorgados ante un juez provincial o ante un escribano público.

- Documentación originada por funcionarios provinciales. - Certificados de buena conducta o domicilio y toda otra documentación librada por una autoridad, cuya firma se encuentre registrada en los archivos del Ministerio del Interior, y que deba ser presentada ante las autoridades de una provincia distinta a la que se originó, o ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

http://www.tramites.gob.ar/tramites/leg ... orte_t1200