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  • COINCIDENCIA CON ENVIO TCL Y DESPIDO

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1113699  por drguille
 
EL TEMA ES EL SIGUIENTE: VIENE UN TABAJADOR QUE DESPIDEN VERBALMENTE A VERME. ESTABA BLANQUEADO CON FECHA POSTERIOR A LA VERDADERA Y CON OTRO SUELDO. CUANDO LE HAGO ENVIAR EL TELEGRAMA POR LA 24013 DADO QUE NO ESTABA PROBADO EL DESPIDO PORQUE ERA VERBAL, AL VOLVER DEL CORREO VE QUE TIENE UN AVISO DE VISITA EN SU DOMICILIO DEL CORREO Y AL OTRO DÍA CUANDO VA A VER DE QUE SE TRATA , JUSTAMENTE LO HABÍAN DESPEDIDO. EL PROBLEMA QUE SE ME GENERA ES QUE NO SE QUE PASA PARA APLICAR LA 24013 PORQUE EL AVISO LO TENÍA EVIDENTEMENTE DESDE LA MAÑANA O MEDIODÍA DE LA FECHA QUE POR LA TARDE ENVÍA EL TELEGRAMA. SI BIEN TENÌA EL AVISO DE VISITA PUDO TOMAR CONOCIMIENTO REALMENTE AL DÍA SIGUIENTE DEL DESPIDO. ACÁ ESTÁ EN JUEGO LA TEORÍA DE LA RECEPCIÓN PERO DUDO SI SE LO TIENE POR NOTIFICADO EN EL MOMENTO DEL AVISO DE VISITA DEL CORREO O AL DÍA SIGUIENTE CUANDO PASÓ POR EL CORREO A BUSCAR LA CARTA DOCUMENTO. PORQUE EN EL PRIMER CASO O SEA SI SE ENTIENDO NOTIFICADO SÓLO CON EL AVISO DE VISITA, SE ME CAEN LAS MULTAS E INDEMNIZACIONES DE LA 24013 Y SÓLO ME QUEDA A DE LA 25323 ART 1 QUE ME DA MUCHO MENOS QUE LA LNE PORQUE EN ÉSTA A PARTE DEL 25% RM DEVENGADAS Y DEMÁS SI SE CONSIDERA DESPEDIDO LO ESTARÍA DENTRO DE LOS DOS AÑOS Y ME DUPLICA TAMBIÉN LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO. HAY ALGUNA INFORMACIÓN O JURISPRUDENCIA DE DONDE AGARRARME PARA QUE LA NOTIF DEL DESPIDO APARENTE SER POSTERIOR AL ENVÍO DEL TELEGRAMA QUE EL TRABAJADOR ENVIÓ? PORQUE EN REALIDAD ÉL LO FUÈ A BUSCAR EL DÍA SIGUIENTE DADO QUE EN EL AVISO DICE PASAR DESDE MAÑANA ........SI PUEDEN AYUDARME EN ALGO DE ÉSTO??????????????? LES DOY LAS GRACIAS
 #1113743  por andresxeneizes
 
para mi es al momento que la recibe por la teoria recepticia, mas que nada que la fue a buscar
sino la hubiera ido a buscar, ahi seria discutible, pero si la fue a buscar para mi es claro que se notifica cuando la retiro
 #1113893  por drguille
 
Muchas gracias. EXCELENTE. aunque no encontré jurisprudencia de caso análogo creo que en la demanda o en momento de los alegatos según el caso también puedo plantearlo así por la teoría de la primacía de la realidad. Un abrazo
 #1114199  por Martincho7
 
No dejes de pedir en subsidio el Art 1 25323. Para mi, no vas a obtener la multa del Art 8 y 15 porque para cuando la empresa recibió la intimación a regularizar el vinculo estaba roto (tu cliente ya había inclusive retirado la carta). Igualmente la multa del Art 1 no esta tan mal. Un abrazo