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  • cliente con demencia

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 #1113918  por brulito
 
Les consulto sobre este caso que se me presenta en un expediente sobre cobro ordinario de pesos, represento a la parte demandada, se abre a prueba se fija audiencia a fin de lograr acuerdo, de no ser así se tomara la prueba confesional y reconocimiento de firmas me comunico con mi cliente un Sr. Mayor de 70 años y me informa su hijo que esta con demencia no reconoce a nadie, que hago ante esta situación lo manifiesto en el expediente obviamente acompañando certificado médico? Como sigue?
Gracias
 #1113942  por abogado1987
 
como pauta > ARTÍCULO 43°: Muerte o incapacidad. Cuando la parte que actuare personalmente falleciere o se tornare incapaz, comprobando el hecho, el juez o tribunal suspenderá la tramitación y citará a los herederos o al representante legal en la forma y bajo el apercibimiento dispuesto en el artículo 53°, inciso 5.
http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... -7425.html

Art. 43. - Cuando la parte que actuare personalmente falleciere o se tornare incapaz, comprobando el hecho, el juez o tribunal suspenderá la tramitación y citará a los herederos o al representante legal en la forma y bajo el apercibimiento dispuestos en el artículo 53, inciso 5.
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... texact.htm