Te recomiendo ver los artículos 922, 954 y concordantes del código civil. Obviamente deberás notificar al empleador de dicha situación, para que pueda manifestarse y ejercer su derecho.
En este sentido, y conforme lo que manifestas, tu cliente tampoco ha percibido la liquidación correspondiente a la renuncia, y el empleador no ha efectuado depósito alguno.
En el caso, deberás contar con los elementos probatorios suficientes como para que el juez de la Just del Trabajo vea que la renuncia fue forzada.
En otro orden, procuraría no incluir en la demanda (si es que llegas a dicha instancia) manifestar que el cliente al encontrarse presionado DECIDIÓ renunciar, puesto que estarías reconociendo el hecho humano, voluntario y lícito de la renuncia, lo que tornaría inútil la normativa del Cód. Civil en cuanto Acto jdco.
Finalmente, analizaría si el problema de salud que comentas puede ser objeto de reclamo ante la empresa y/o ART.
Mucha suerte!!!!!!