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  • ACCIDENTE DE TRABAJO, SE PAGA TASA DE JUSTICIA?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1114299  por fede123
 
Hola Colegas, inicie un accidente de trabajo (posterior al 2012) en el fuero federal por que es de un marinero. Antes que nada le dieron pase a la Fiscalia y el primer proveido dice: "Por devueltas las presentes actuaciones, téngase presente el dictamen del Sr. Procurador Fiscal Federal, y coincidiendo con el mismo téngase por competente el Juzgado y por habilitada la instancia judicial. Imprímase a las presentes actuaciones el trámite de JUICIO ORDINARIO, ello en orden al valor económico que se reclama en esta acción (Art. 319 del CPCCN)"

hasta ahi bien el tema es que me intiman a pagar tasa de justicia: "INTÍMASE al accionante que dentro del plazo de CINCO (5) DÍAS deberá dar cumplimiento con el pago de la Tasa de Justicia, conforme las previsiones establecidas en la Ley 23.898 y Res. AFIP 735/99, bajo apercibimiento de Ley. NOTIFIQUESE.-
Por acompañados los comprobantes de pago de Anticipo Previsional conforme Ley 6716 y Ley 23.987."


Y la gratuidad del Proceso Laboral?? Aclaro que no pagué el Anticipo previsional que dice ahi que acompañé comprobantes. Ya me paso en este juzgado que en los despachos sale cualquier cosa... Es un error de ellos o tengo que pagar la tasa? puedo iniciarle ahora un Beneficio o apelar? Muchas gracias a todos