Colegas, mi cliente es la constructora de un edificio. Tengo que intimar a escriturar a un par de compradores por boleto que hace dos años recibieron la posesion y no escrituran. Según boleto tenían 60 días para hacerlo luego de la posesion y de estar todos los papeles ya en regla.
Se me ocurre: intimo a iniciar los trámites de Escrituracion por ante la escribanía tal en el plazo de 15 días ? Es correcto ? Bajo apercibimiento de iniciar acciones legales de Escrituracion y daños y perjuicios ? Intimo además al pago de los intereses establecidos como cláusula penal en el boleto ?
Se me ocurre: intimo a iniciar los trámites de Escrituracion por ante la escribanía tal en el plazo de 15 días ? Es correcto ? Bajo apercibimiento de iniciar acciones legales de Escrituracion y daños y perjuicios ? Intimo además al pago de los intereses establecidos como cláusula penal en el boleto ?
