Buenas noches estimados. Hace poco me recibí y tengo un caso en el cual se firmo un contrato de locación bajo el antiguo Código Civil y la ley de locaciones urbanas. Mi cliente (locatario) quiere rescindir el contrato por vicios redhibitorios. Mi consulta es si se aplica el nuevo Código o si hay que respetar la legislación bajo la cual se firmó el contrato?
Desde ya, muchas gracias.
Desde ya, muchas gracias.
