Hola colegas. El caso es el siguiente: en octubre del año 1996 se vende una casa sita en Capital Federal. Quien era el dueño, le vende a un matrimonio pero con la condición (verbal) de poder seguir ocupando un local que están en la planta baja de la casa. Cabe señalar que la propiedad no está subdividida ni sometida al régimen de PH. Durante todos estos años, el ex dueño (ahora ocupante de esa porción) abonó la luz. El resto de los servicios, incluido ABL, fue solventado por el matrimonio.
Ahora bien, el ocupante del "local" es una persona muy mayor y la pareja que me vino a consultar está inquieta respecto de cómo proceder.
¿Qué vía legal me sugieren? No hay contrato de locación. Por lo tanto la acción de desalojo queda descartada. ¿Encuadra en el delito de usurpación? Hay que tener en cuenta que está ocupanto una parte o porción de la propiedad. ¡Gracias por la ayuda!
Ahora bien, el ocupante del "local" es una persona muy mayor y la pareja que me vino a consultar está inquieta respecto de cómo proceder.
¿Qué vía legal me sugieren? No hay contrato de locación. Por lo tanto la acción de desalojo queda descartada. ¿Encuadra en el delito de usurpación? Hay que tener en cuenta que está ocupanto una parte o porción de la propiedad. ¡Gracias por la ayuda!
