Hola Colegas:
Les pido alguna idea para el siguiente caso cualquier ayuda es buena. El caso es el siguiente tengo una clienta cuyo padre (difunto ahora) compro un inmueble en el año 1982 se hizo boleto de compraventa pero jamas se escrituro, las firmas del boleto están certificadas por escribano publico y constan en el archivo de escribanos en el libro de protocolo, pero el padre de mi cliente que es quien adquirió la propiedad murió. Vale decir que desde que compro el inmueble el padre de mi cliente hizo posesión ininterrumpida del inmueble (hay prueba) por lo que tengo entendido que la acción para escriturar de 10 del viejo código cuyo computo sigue corriendo con el nuevo no prescribió, si hizo uso ininterrumpido del inmueble. El Sr. murió en el año 2012 pero antes de morir dejo a sus dos hijos (mis clientes) una escritura donde cede los derechos y acciones sobre ese inmueble tanto para escriturar como posesión. Ahora bien una de las vendedoras (eran 2, una falleció) entablan ahora una acción reivindicatoria contra mis clientes. Lo mejor es que la vendedora viva que interpone al acción poco después de vender se mudo a vivir a otra provincia y ahora por medio de una sobrina a la que le otorga poder especial quiere recuperar el inmueble aduciendo que mis clientes usurparon el mismo. Que puedo hacer al contestar la demanda, 1) simplemente contestarla y pedir su rechazo, 2) reconvenir por prescripción adquisitiva, 3) reconvenir para pedir la escrituracion esto no se si puedo? . Por ultimo si el señor que compro poseía el inmueble de manera ininterrumpida desde que lo compro y luego cedió a sus hijos las acciones y derechos sobre el inmuebles y los hijos continuaron viviendo en el inmueble de manera ininterrumpida hasta hoy ellos pueden pedir la escrituracion? cualquier ayuda es buena gracias.-
Les pido alguna idea para el siguiente caso cualquier ayuda es buena. El caso es el siguiente tengo una clienta cuyo padre (difunto ahora) compro un inmueble en el año 1982 se hizo boleto de compraventa pero jamas se escrituro, las firmas del boleto están certificadas por escribano publico y constan en el archivo de escribanos en el libro de protocolo, pero el padre de mi cliente que es quien adquirió la propiedad murió. Vale decir que desde que compro el inmueble el padre de mi cliente hizo posesión ininterrumpida del inmueble (hay prueba) por lo que tengo entendido que la acción para escriturar de 10 del viejo código cuyo computo sigue corriendo con el nuevo no prescribió, si hizo uso ininterrumpido del inmueble. El Sr. murió en el año 2012 pero antes de morir dejo a sus dos hijos (mis clientes) una escritura donde cede los derechos y acciones sobre ese inmueble tanto para escriturar como posesión. Ahora bien una de las vendedoras (eran 2, una falleció) entablan ahora una acción reivindicatoria contra mis clientes. Lo mejor es que la vendedora viva que interpone al acción poco después de vender se mudo a vivir a otra provincia y ahora por medio de una sobrina a la que le otorga poder especial quiere recuperar el inmueble aduciendo que mis clientes usurparon el mismo. Que puedo hacer al contestar la demanda, 1) simplemente contestarla y pedir su rechazo, 2) reconvenir por prescripción adquisitiva, 3) reconvenir para pedir la escrituracion esto no se si puedo? . Por ultimo si el señor que compro poseía el inmueble de manera ininterrumpida desde que lo compro y luego cedió a sus hijos las acciones y derechos sobre el inmuebles y los hijos continuaron viviendo en el inmueble de manera ininterrumpida hasta hoy ellos pueden pedir la escrituracion? cualquier ayuda es buena gracias.-
