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  • Caducidad incidente de caducidad

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 #1118696  por GOLEBIA
 
A ver quién me puede dar una mano...
La situación es la siguiente:
Voy por la parte demandada. La actora no impulsa el expediente por más de seis meses. Pido la caducidad. Dan traslado y libro la cédula pasado el mes. La actora al recibir la notificación contesta el traslado y me opone la caducidad del incidente de caducidad.
El juzgado le dió la razón y decretó la caducidad del incidente de caducidad.
Me duda es si apelo.
El hecho que pida la caducidad del incidente una vez que yo libré la cédula notificando el traslado de la caducidad, no es un acto impulsorio útil de mi parte??? no deberia haberlo pedido antes para que le hagan lugar a su pedido?
Bueno... Espero su ayuda.Saludos.,
 #1118714  por abogado1987
 
GOLEBIA escribió:A ver quién me puede dar una mano...
La situación es la siguiente:
Voy por la parte demandada. La actora no impulsa el expediente por más de seis meses. Pido la caducidad. Dan traslado y libro la cédula pasado el mes. La actora al recibir la notificación contesta el traslado y me opone la caducidad del incidente de caducidad.
El juzgado le dió la razón y decretó la caducidad del incidente de caducidad.
Me duda es si apelo.
El hecho que pida la caducidad del incidente una vez que yo libré la cédula notificando el traslado de la caducidad, no es un acto impulsorio útil de mi parte??? no deberia haberlo pedido antes para que le hagan lugar a su pedido?
Bueno... Espero su ayuda.Saludos.,
entiendo que está normado en el
Art. 310. - Se producirá la caducidad de instancia cuando no se instare su curso dentro de los siguientes plazos:
1) De seis meses, en primera o única instancia.
2) De tres meses, en segunda o tercera instancia y en cualquiera de las instancias en el juicio sumarísimo, en el juicio ejecutivo, en las ejecuciones especiales y en los incidentes.
3) En el que se opere la prescripción de la acción, si fuere menor a los indicados precedentemente.
4) De un mes, en el incidente de caducidad de instancia.
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... texact.htm
 #1118759  por andresxeneizes
 
El hecho que pida la caducidad del incidente una vez que yo libré la cédula notificando el traslado de la caducidad, no es un acto impulsorio útil de mi parte???
para que se produzca la purga, ademas del acto impulsorio tiene que darse el consentimiento del mismo

probablemente cuando recibio la cedula,la otra parte haya acusado la caducidad antes de los 5 dias de recibida la misma y aclarando en dicho escrito que no consentia ese acto impulsorio