Colegas!, una consulta, en Córboba, Juicio de Alimentos, ABREVIADO. La actora (mamá de una menor) presenta demanda en contra de mi cliente (papá), cuando me notifican lo hacen con copia de la demanda y con un escrito que se presenta un mes después ofrece prueba, alegando que no está trabada la litis, y por eso debe der válida esa prueba. Más allá de que mi cliente quiere arreglar la cuota y espero que e la audiencia se acepte el monto que vamos a ofrecer... es válido eso e cuanto a la prueba????... según mi criterio no!!, pero bueno, si algún colega de CORDOBA me puede ayudar agradecida!