slipping escribió:Hola: Es difícil darte una respuesta sin haber leído la causa. Principio básico del ejercicio en el fuero penal. No se toca de oído, ni se improvisa, ni se tira a la pileta... tenés que conocer la causa (con fojas y decoraciones varias) como si fuera el padrenuestro, después recién, podés dedicarte a planear y pensar la estrategia. Antes de acompañar a un cliente a la declaración del 308 en provincia o indagatoria (en Capital) tendrías que tener armada ya tu hipótesis del caso (la hipótesis de la defensa)... si no es así, porque te fueron a ver el día antes, por ejemplo, que tu cliente no declare bajo ningún punto de vista. A veces es bueno que declare y a veces no, depende de cada caso, muchas veces no declarar no es una buena estrategia en un caso concreto. No declarar es la mayoría de las veces una útil estrategia dilatoria, que te permite ganar algunos días para hacer lo que no hiciste...
Este es el consejo que te puedo dar.
Hola, antes que nada te agradezco el consejo, estuve leyendo mucho y hasta ahora hice lo que decis aca, como primer paso solicitar copias de la causa, para luego ahi ver en base a eso que presento como defensa y que solicito como prueba, ella no declaro no porque no quiso sino porque en ese horario se encontraba trabajando lo cual el jefe le hizo el correspondiente certificado y asi lo acredité en la causa, paso el tiempo, y si, aun siquiera salio el despacho justo hay una jueza subrogante y dicen que eso los demora, mientras estoy yendo seguido para que no se me pase nada, hable con el secretario, que tambien me confirmo que andan atrazados y mientras como decis me sirve para seguir leyendo y presentar un escrito concreto con pruebas solidas que las hay.
Me saco el sombrero a tu consejo, porque es esto lo que necesitaba antes de dar cualquier paso voy con mucha cautela si alguna vez necesitas algo a tu disposicion y nuevamente muchas gracias por tu ayuda y palabras