Hola les agradezco su ayuda. Un cliente tramito un juicio de prescripcion adquisitiva en la que hubo sentencia el 30/11/2005 y quedo firme alrededor de agosto de 2006. No hubo inscripcion en el registro inmobiliario hasta la fecha. El 8 de enero de 2006 fallece su esposa. Mi duda es acerca del momento en que se considera que el bien ingreso al patrimonio de mi cliente ya que la idea es hacer escritura en favor de un tercero comprador .. necesito o no la declaratoria de herederos de la esposa fallecida?? Gracias
momento en que se considera que el bien ingreso al patrimonio de mi cliente
Hola, ..es el momento en que se inscribe el dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble, previo la baja de la titularidad preexistente.
En relaciòn a la esposa fallecida, corresponderìa la sucesiòn.
Fijate otras opiniones de colegas o directamente en el juzgado, contá cómo lo resolviste.
Saludos.
