Hola buenos dias, En una causa por tenencia de estupefacientes con fines de comercializacion queria saber si procede el HC en el caso del art. 405 , inc 5 " Cuando proceda, en cualquier etapa del proceso, la excarcelación o la eximición de prisión y al imputado se le hubiere negado ese derecho" Se apelo a cámara de garantías la prisión preventiva, y dos jueces fallaron en contra. El juez que voto a favor opina que no hay prueba suficiente , ya que considera que lo incautado en para consumo personal 3,3 gr de cocaina y 84,1 de marihuana. En la casa son 3 consumidores. Considera la excarcelacion bajo caucion. El que vota en contra (el presidente de la cxamara) no lo considera consumo personal , y que como no se evacuaron las citas que la defensa solicitara su version (del imputado) no conmueve el plexo probatorio.Y que la libertad es un derecho,pero que ningún derecho es absoluto. El tercer juez no menciona nada y vota igual- en contra-. Yo considero esto ARBITRARIO. Ustedes que opinan, voy con HC a Casacion? Basandome en :
ARTICULO 164.- (Texto según Ley 13252) Impugnaciones. Contra la decisión que impusiera la detención, la prisión preventiva o denegare su cese, solamente procederá la interposición de un recurso de apelación ante la Cámara de Garantías, o la petición del Hábeas Corpus en los supuestos previstos por el artículo 405º de este CódigO. NECESITO OPINIONES POR FAVOR, GRACIAS!
ARTICULO 164.- (Texto según Ley 13252) Impugnaciones. Contra la decisión que impusiera la detención, la prisión preventiva o denegare su cese, solamente procederá la interposición de un recurso de apelación ante la Cámara de Garantías, o la petición del Hábeas Corpus en los supuestos previstos por el artículo 405º de este CódigO. NECESITO OPINIONES POR FAVOR, GRACIAS!
10 dias para Lucia =)