HOLA FORISTAS, NECESITO URGENTE AYUDA!
UNA CAUSA EN CABA, POR ACC.TRANSITO DEL 2010, SE INICIO DEMANDA, Y EL DEMANDADO NO PUDO SER NOTIFICADO DE LA MEDIACION A LA QUE SI SE PRESENTO LA CIA SEGUROS. PARA SEGUIR EN LA CAUSA, ME PIDEN DESDE EL JUZGADO QUE ACREDITE LA DILIGENCIA DE NOTIFICACION AL DEMANDADO!
LA CITADA EN GTIA, SE PRESENTO EN EL JUICIO Y TAMBN LO HIZO POR ART.48 EN REPRESENTACION DEL DEMANDADO QUE LUEGO NO RATIFICARON POR LO QUE ES NULA LA MISMA. QUE PIDO? ALGUIEN SABE QUE DICE LA REFORMA DEL CODIGO CON RESPECTO A ESTA MATERIA, YA QUE TENGO ENTENDIDO QUE NO SE PUEDE IR DIRECTAMENTE CONTRA LA CITADA EN GARANTIA. COMO LO SOLUCIONO PARA QUE NO ME DESESTIMEN EL JUICIO? POR FAVOR NECESITO SOLUCION Y JURISPRUDENCIA!
UNA CAUSA EN CABA, POR ACC.TRANSITO DEL 2010, SE INICIO DEMANDA, Y EL DEMANDADO NO PUDO SER NOTIFICADO DE LA MEDIACION A LA QUE SI SE PRESENTO LA CIA SEGUROS. PARA SEGUIR EN LA CAUSA, ME PIDEN DESDE EL JUZGADO QUE ACREDITE LA DILIGENCIA DE NOTIFICACION AL DEMANDADO!
LA CITADA EN GTIA, SE PRESENTO EN EL JUICIO Y TAMBN LO HIZO POR ART.48 EN REPRESENTACION DEL DEMANDADO QUE LUEGO NO RATIFICARON POR LO QUE ES NULA LA MISMA. QUE PIDO? ALGUIEN SABE QUE DICE LA REFORMA DEL CODIGO CON RESPECTO A ESTA MATERIA, YA QUE TENGO ENTENDIDO QUE NO SE PUEDE IR DIRECTAMENTE CONTRA LA CITADA EN GARANTIA. COMO LO SOLUCIONO PARA QUE NO ME DESESTIMEN EL JUICIO? POR FAVOR NECESITO SOLUCION Y JURISPRUDENCIA!