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  • JUICIO EJECUTIVO - PRUEBA - CLAUSURA- PCIA. SANTA FE

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 #1122218  por Romina27
 
Estimados Colegas;

En primer lugar les comento que soy de la Provincia de Santa Fe, la consulta va para aquellos colegas que litiguen en la misma.

CONSULTA.
Jucio Ejecutivo, voy por la parte demandada, se abre la causa a Prueba, ofrezco la prueba respectiva y se provee lo siguiente....

" Si estuviera en tiempo y con citaciön contraria admitase la prueba ofrecida por la parte demanda y proveyendo la misma: CONFESIONAL: A los fines de la absolución de posiciones fijase audiencia para el día 02/12/2015. PERICIAL CALIGRAFICA. Librese oficio a la Exma Cámara a los fines que se proceda a efectuar sorteo de perito caligrado paa el día 26 de noviembre de 2015. La presente prueba debberá producirse una vez consentido el presente decreto ART 148 CPCC SF"Notifiquise.

Aca está mi error, yo nunca notifique este decreto, en realidad no lo hice porque luego se presento la parte actora con un escrito proponiendo perito caligrafo de parte en base a mi prueba y entendi yo que se notificaba de alguna manera de la prueba y que seguiamos adelante, transcurrieron un par de días y comenzamos a negociar con el abogado de la actora la posibilidad de un arreglo y modalidad de pago, hasta que unos días después me encuentro con que presentó un escrito de clausura del periodo a prueba y se lo proveyeron, lo mire por el sistema, lo que me obligo a apurarme y notificar este decreto. Gran torpeza de mi parte dejarlo notificarlo igual. El decreto tiene fecha del 10 de septiembre de 2015 de prueba proveído y solicita la clausura el 15 de octubre de 2015.
Notifique el decreto y luego presento un escrito donde adjunto la cédula de notificación y dejo los oficios a la firma para empezar a diligenciar, a los días busco los oficios y los deje en la cámara, hasta aca pensé que no había problema, yo tenía entendido que LA CLAUSURA DEL PERÍODO A PRUEBA NO OBSTA LA PRODUCCIÓN DE LA MISMA, es de esta manera?
Hoy miro por sistema nuevamente el expediente y observo que hay un escrito presentado donde el abogado solicita traslado para alegar y veo que el tribunal lo provee, como puede ser? si estamos en la etapa de producción supuestamente, hay fecha de audiencia y de sorteo de perito pendiente para los próximos días, la verdad no lo entiendo.
PREGUNTAS
Si proveen el alegato, Significa entonces que me quede sin posibildad de la producción de la prueba?el decreto de prueba lo notifique antes que el abogado me notificara la clausura de la prueba.
Alguien que me pueda orientar?
Entiendo que quiera alegar porque me corresponde a mi probar mis excepciones opuestas para no pagar, pero puedo oponerme al proveído del alegar diciendo que queda prueba por producir?


Desde ya Muchas Gracias a todos :oops:

Gracias por su tiempo :P

Romi.-