Un proveedor normal de la administracion publica municipal gana una licitacion para una obra determinada. Factura mensualmente , con el transcurso del tiempo entra un embargo judicial por una suma importante y a raiz de ello presenta a la administracion que ha formado un fondo fiduciario el y su señora esposa y pretende facturar la obra con esa nueva denominacion, la pregunta es corresponde o no seguir descontando el embargo?