Hola tal vez alguien pueda ayudarme. Tengo un cliente que se divorcio y acordaron tenencia compartida del hijo menor y una cuota alimentaria. Mi cliente abona regularmente una parte de la cuota pagando directamente gastos como la obra social, escuela, kunfu, etc y la diferencia de lo regulado lo deposita. Pero la ex esposa lo "amenazo" diciendo que este me le debia $100 y que iba a poner a un abogado. Alguien sabe si por ser tenencia compartida corresponden o no alimentos? y en caso de pagarlos de todos modos, como podria manejarse para que no haya dudas que los montos pagados son los que se acordaron y que esta cumpliendo con lo que debe. Principalmente para que no genere un problema mayor entre ellos?
a ver si te comprendo si en el divorcio se arreglo cuota alimentaria ya no importa si la tenencia es compartida, debio discutirse en su momento, la cuestion aca es que el señor debe pagar la cuota que se obligo a aportar bajo apercibimiento que le inicien un incidente por alimentos adeudados. si la cuota era , ejemplo $1000 mas colegio y kun fu, debe pagar las actividades y depositar los $1000, si deposita solo $500 por que ademas pago la salida al zoologicoy pretende comenzar esta mal, si no tiene todos los recibos de pagos de la suma fijada en el acuerdo es muy probable que ejecuten la deuda.
por otro lado el tema de la tenencia compartida y alimentos va a depender de como se lleve a cabo la tenencia, si es 15 dias cada uno generalmente no se deben alimentos salvo si lo referido a algunos gastos fijos como colegio y que se fijan por acuerdo, si la tenencia es que el papa se los lleva solo los findes, y si, yo le pediria alimentos por que afronta mas gastos la mama sumado a su dedicacion con los hijos que el juez va a valorizar. si hay faltas de ortografia es por el autocorrector jajaj esta todo desconfigurado y me vuelve loco