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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1122541  por lumena
 
buenas tardes: mi consulta es en un servicio de diagnostico por imagenes una de las tecnicas esta con licencia por embarazo de riesgo, es legal que una de las administrativas contratada permanente que tambien es tecnica de rayos x desempeñe su funcion como tecnica 4 horas con contarto eventual hasta que regrese la otra tecnica y a la tarde se desempeñe como secretaria administrativa que es su funcion principal y permanente? veo que generalmente se contratan terceros para tareas eventuales y no personal de planta, esto es asi? gracias
 #1122609  por DrNicolasViola
 
A mi juicio es legal, sería otro contrato de trabajo distinto, aunque con el mismo empleador. Eso sí, con todos los requisitos del contrato eventual: registrando la relación, con contrato de trabajo por escrito, con la jornada, el sueldo, todo definido y expresando las causas de la eventualidad (para cubrir dicha licencia) y hasta cuando va a finalizar la relación laboral.
 #1122634  por lumena
 
CLARO, PERO COMO HAGO EN REGISTRO AFIP, NO PUEDE TENER DOS MODALIDADES DE CONTRATACION AL MISMO TIEMPO O YO NO ENCUENTRO LA OPCION..
 #1122660  por santiheladero
 
lumena escribió:buenas tardes: mi consulta es en un servicio de diagnostico por imagenes una de las tecnicas esta con licencia por embarazo de riesgo, es legal que una de las administrativas contratada permanente que tambien es tecnica de rayos x desempeñe su funcion como tecnica 4 horas con contarto eventual hasta que regrese la otra tecnica y a la tarde se desempeñe como secretaria administrativa que es su funcion principal y permanente? veo que generalmente se contratan terceros para tareas eventuales y no personal de planta, esto es asi? gracias
no se puede reubicar personal permanente bajo la modadlidad de empleo eventual
 #1122993  por DrNicolasViola
 
Discrepo con el colega preopinante, no es que se está reemplazando el puesto de planta permanente por uno eventual, sino que ante una contingencia eventual (como puede ser justamente la enfermedad de un trabajador y su periodo de licencia legal), la ley habilita a contratar a un trabajador de manera eventual para reemplazarlo temporalmente.
 #1123057  por seremanana
 
DrNicolasViola escribió:Discrepo con el colega preopinante, no es que se está reemplazando el puesto de planta permanente por uno eventual, sino que ante una contingencia eventual (como puede ser justamente la enfermedad de un trabajador y su periodo de licencia legal), la ley habilita a contratar a un trabajador de manera eventual para reemplazarlo temporalmente.
pero no el mismo trabajador