Colegas: para llevar adelante un juicio por nulidad de contrato, pactar el 50% del valor de un bien, en concepto de honorarios?,
aguardo opiniones, ya que según la ley de honorarios de Cap. asumiendo gastos, sería un máximo del 40%, es así?,
por convenio privado lo podría hacer, pero luego corro riesgo de que no me lo homologuen para ejecutarlo?...(en caso de incumplimiento obviamente)
cualquier opinión, gracias!
aguardo opiniones, ya que según la ley de honorarios de Cap. asumiendo gastos, sería un máximo del 40%, es así?,
por convenio privado lo podría hacer, pero luego corro riesgo de que no me lo homologuen para ejecutarlo?...(en caso de incumplimiento obviamente)
cualquier opinión, gracias!