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  • Venta de fondo de comercio

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 #1123961  por Paula120985
 
Buenas noches!
Les hago una consulta: Si una persona vende un fondo de comercio sin cumplir con la publicación de edictos y sin inscribir el documento en el Registro Público de Comercio (o IGJ) el comprador deberá hacerse cargo de pagar a los acreedores??? Les consulto porq parece q según surge del art. 11 de la ley 11867 esto fuera así.
Muchas gracias,
Atte,
Paula.