Colegas ante todo les deseo felices fiestas!! mi pregunta es la siguiente, me viene a ver un cliente que quiere desalojar a unos inquilinos porque hace seis meses "cumplen parcialmente" el pago del canon locativo, es decir el alquiler es de alrededor de 2500$, y ellos le dan la mitad a mi cliente y este le firma el recibo por tal cantidad, el lo venia aceptando porque segun el "les tenia lastima" ya que aducian q no podian pagar mas debido a x problemas. Ahora el los quiere desalojar y ahi viene mi duda, el Codigo pide dos meses de incumplimiento, pero al haber cumplimiento parcial, como sigo? le digo que espere dos meses y no les reciba si quieren pagar la mitad del canon? envio cd intimando cumplimiento de pagos parciales adeudados? Ojala me orienten ya que no tengo muy claro como encarar!!! muchas gracias!!
