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  • Recurso de Amparo contra acto administrativo del Municipio

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Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1126212  por brendarapari
 
Buenos días. Tengo un caso en el cual la municipalidad autorizó la instalación de un espectáculo callejero las 24 hs en el medio de una calle pública, por lo que imposibilita el acceso a 3 terrenos de mi cliente. Despues de reclamos escritos, los empleados de la municipalidad no me atienden, y mis clientes no duermen a causa del ruido que provocan (mientras la municipalidad me explicó que ese nivel es "tolerable").
Por ello se me ocurrió interponer recurso de amparo. Hace pocos meses que ejerzo y quiero asegurarme de que se de la solución efectiva para mi cliente, quien a causa de la ira (desde el 1º de enero que no duerme bien) está pensando en destrozar las instalaciones del espectáculo para así conseguir que se vayan. Es un tema delicado, contra una municipalidad absolutamente corrupta. Mi cliente está desesperado y yo deseo ayudarlo.

No puedo esperar los 60 días hábiles para solicitar el pronto despacho, ya que el 1º de marzo el espectáculo se traslada a otra localidad, y la solución debe ser inmediata.

Agradezco su prontísima respuesta!!
 #1126367  por Vanmer
 
De acuerdo a lo que contás, me parece que podrías encausar el caso para el lado de la contaminación sonora y pedir una medida cautelar junto con amparo.

Al respecto, te señalo lo siguiente:

1) Por un lado, podrías buscar las reglamentaciones administrativas y provinciales al respecto. Es posible que se estén contraviniendo. Para chequearlo, tendrías que conseguirte un perito propio y hacer la medición (luego su informe lo podés acompañar como prueba documental ).

2) Aún en caso en que se estén respetando los límites, podes plantear que se está excediendo la "normal tolerancia entre vecinos", establecida en el código civil (actual Art. 1973). De acuerdo a jurisprudencia, tal concepto y los limites reglamentarios son cosas independientes, es decir, son dos valoraciones distintas (se puede exceder la normal tolerancia aún cuando no se violan los limites fijados por la reglamentación).

Te copio el artículo, el que expresamente te da base como para hacer cesar la molestia:
ARTICULO 1973.- Inmisiones. Las molestias que ocasionan el humo, calor, olores, luminosidad, ruidos, vibraciones o inmisiones similares por el ejercicio de actividades en inmuebles vecinos, no deben exceder la normal tolerancia teniendo en cuenta las condiciones del lugar y aunque medie autorización administrativa para aquéllas.

Según las circunstancias del caso, los jueces pueden disponer la remoción de la causa de la molestia o su cesación y la indemnización de los daños. Para disponer el cese de la inmisión, el juez debe ponderar especialmente el respeto debido al uso regular de la propiedad, la prioridad en el uso, el interés general y las exigencias de la producción.



Por último, hay dos fallos en materia de contaminación sonora y derechos humanos que te pueden servir : "López Ostra" (Tribunal Europeo de Derechos Humanos) y "Moreno Gómez" (Tribunal Constitucional de España).