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  • ley 4808 art 26 bis

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1126816  por IntensaMente
 
Estimados colegas buenas tardes, hoy me realizo una consulta un cliente, al que le llegó boleta de patente automotor de la Ciudad de Buenos Aires, de un automovil del año 1995 cuya compra y transferencia realizó el año pasado

En el entendimiento de que ya no tributaba patente, se sorprendió al recibir en su domicilio las boletas pertinentes, tras lo cual llamó al 147 y la empleada le informó que en el 2014 se estableció por ley 4808, artículo 26 bis que se exime del pago de patentes a los automotores cuya antiguedad sea mayor a 25 años

Este señor me pregunta si es factible iniciar alguna acción de inconstitucionalidad, o un amparo, dado que su vehículo es vetusto y previo a esta reforma no debia tributar patente. Yo no sé realmente si es procedente, y aun siéndolo, si vale la pena intentar alguna acción

Agradezco si alguien sabe del tema y me pueda orientar