Estimados, tengo un cliente que ha realizado algunos trabajos de albañilería en una casa, en la que luego no lo han dejado entrar ni retirar sus herramientas que son muchas y esenciales para la realización de su trabajo.
Estoy preparando la CD intimando a quién lo contrato a la devolución de las herramientas mencionadas. Está bien que intime también de acuerdo a lo establecido en el art. 173 del código penal por retención indebida?? (no hago derecho penal y la verdad que no manejo mucho el mismo)
Vale aclarar que no hay contrato hecho entre las partes, sólo fue un acuerdo verbal.
Agradecería me den una mano respecto de la retención.
Saludos!
Estoy preparando la CD intimando a quién lo contrato a la devolución de las herramientas mencionadas. Está bien que intime también de acuerdo a lo establecido en el art. 173 del código penal por retención indebida?? (no hago derecho penal y la verdad que no manejo mucho el mismo)
Vale aclarar que no hay contrato hecho entre las partes, sólo fue un acuerdo verbal.
Agradecería me den una mano respecto de la retención.
Saludos!
