Tengo un caso que me gustaría saber si hay alguna posibilidad de alguna acción, primer matrimonio quedan cuatro propiedades (todas gananciales), se divorcian en 1987; el ex marido tiene un hijo luego de divorciado y contrae nuevas nupcias; hacen un acuerdo por escritura publica con la ex esposa en 2009 y se adjudican: las tres propiedades de mayor valor todas a la exposa y la unica propiedad de menor valor al ex esposo. Muere el ex marido en 2014 hoy el hijo del segundo matrimonio se ve afectada su legitima, de lo que le hubiera correspondido de las tres propiedades de mayor valor no le toca nada porque se la llevan todas las hijas del primer matrimonio, y a el solo le queda una parte de la propiedad de menor valor. ¿Qué acción se podría iniciar? hoy estan fallecidos los dos ex conyuges, es claro que si no hubieran hecho esa escritura de acuerdo el hijo del segundo matrimonio hubiera recibido mas; y no parece muy logico que en una liquidacion de sociedad conyugal sea tan dispar. Escucho opiniones. Gracias.
el menor hereda una vez muertos los padres.
el hecho de como repartieron los bienes de la sociedad conyugal en virtud que si mal no entendi ambos son padres del heredero no lo afecta.
pero mas alla de todo, aun sino fueran ambos los padres del mismo heredero, no se trata de una donacion o un contrato gratuito, sino de una division de bienes, que se hace en virtud de lo que puso cada uno en la sociedad, y segun que partes de cada bien era ganancial o no, por ende al no ser un contrato a titulo gratuito no le veo la forma de plantear una colacion o accion por el estilo
