Tengo un caso que me gustaría saber si hay alguna posibilidad de alguna acción, primer matrimonio quedan cuatro propiedades (todas gananciales), se divorcian en 1987; el ex marido tiene un hijo luego de divorciado y contrae nuevas nupcias; hacen un acuerdo por escritura publica con la ex esposa en 2009 y se adjudican: las tres propiedades de mayor valor todas a la exposa y la unica propiedad de menor valor al ex esposo. Muere el ex marido en 2014 hoy el hijo del segundo matrimonio se ve afectada su legitima, de lo que le hubiera correspondido de las tres propiedades de mayor valor no le toca nada porque se la llevan todas las hijas del primer matrimonio, y a el solo le queda una parte de la propiedad de menor valor. ¿Qué acción se podría iniciar? hoy estan fallecidos los dos ex conyuges, es claro que si no hubieran hecho esa escritura de acuerdo el hijo del segundo matrimonio hubiera recibido mas; y no parece muy logico que en una liquidacion de sociedad conyugal sea tan dispar. Escucho opiniones. Gracias.
Es difícil. Muy difícil. El hijo podría alegar que bajo el nombre de liquidación de sociedad conyugal se encubrió una donación, que esa donación viola la legítima, etc.
Pero no va a encontrar ningún juez dispuesto porque las divisiones de sociedad conyugal no tienen por qué ser exactas ya que hay muchos otros elementos en juego (la sensación de culpa o la compensación por cuestiones morales, etc.)
Me parece de muy escasas chances. Que se haga a la idea de que el papá perdió en el casino, que al cabo sería lo mismo.
En realidad el nunca perdió nada propio.