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  • Despido artículo 9 Ley marco empleo público 24013

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1130251  por preocupada2016
 
Estimados
Mi primo trabaja desde hace 18 años en el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. Se trata de una persona idónea, profesional universitario con una trayectoria intachable en su desempeño laboral
Desde el año 1997 hasta el 2010 la relación laboral fue como monotributista con contrato de locación de servicio ininterumpido y facturando sólo a este Ministerio (lo que entiendo es empleo en negro encubierto)
En el año 2011 pasó a ser contratado por el artículo 9 de la Ley 24013 de empleo público (8 horas diarias, dedicación completa)
Se está corriendo el rumor que todos los compañeros de la secretaría donde trabaja, se les rescindirá el contrato en marzo sin mediar ningún problema ni falta de su parte
Qué medidas puede tomar en caso que esto ocurra? Cabe la intervención de algún abogado? Está amparado por algún derecho dado la cantidad de años que lleva en relación de dependencia aunque no sea de la planta permanente?
Desde ya, agradezco su opinión para aliviar esta gran incertidumbre que tiene acongojada a toda mi familia, ya que es su única fuente de ingresos
Saludos cordiales
Patricia
 #1130298  por sanjuanino
 
Consulte a un abogado, ya que es imposible que alguien pueda ser contratado en base al art. 9 de la ley 24013 (en verdad parece un chiste....)