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  • Renunciar a poder otorgado pero no presentado

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1131943  por Iris
 
Hola a todos vino una clienta para quw la sustituya cómo apoderada en un juicio ya iniciado en prov de bs as un laboral.
Mi socia había sacado fotos de la demanda que mire desde el celu por arriba y más que nada leo las dos cd del intercambio y que aún la demanda no se había nottificado. Bueno....en ese momento la señora va y hace la carta poder, luego leo el expediente días más tarde y veo que es un desastre. Que la despidieron sin causa y ella íntimo solo liquidación final y art 80 no mas pero que en los recibos dice sueldo bruto 4000 pero sueldo neto 4000 pero que le pagaban más o menos 500 (o sea pareciera que trabajará 4 dias por mes según los recibos y por eso el prorrateo)... El abogado hizo la liquidación de por 4000 claro.
Entonces creo que no es conveniente aceptar ser su apoderada
Yo pensé ampliar la demanda por las multas no reclamadas y, si estaba mal registrada y no le pagaban horas extras reclamarlo pero...nada de esto esta reclamado de la tcl que mando...(ni desarrollado en la demanda) entonces formalmente entiendo que no puedo ampliar por rubros no reclamado vía TCL o no? Ya que no hubo íntimacion de pago por los mismos.

De no querer aceptar el cargo, que pasa con el poder que la mujer firmó? tiene alguna incidencia en mi responsabilidad? O no lo presento nunca y listo.?
El la plata del bono y el IUS q paga se la voy a tener que devolver, un desastre.
Que opinan?
 #1132162  por sanjuanino
 
Procesaalmente no sos parte hasta que no te presentas con el poder. Entiendo que no vas a tener ningun tippo de problema
 #1132645  por flux
 
Por lo que contas el juicio es una garcha, pero bueno

Si aun no se notificó la demanda, podes mandar los telegramas que faltan, y, despues, presentarte en el expediente ampliando la demanda, o, inclusive, podrias tirarte el lance de, rectificarla completamente presentando otra tuya, claro que manteniendo una relacion logica con los otros hechos ya declarados, y con la documental ya presentada

Si, se notifico la demandada y se trabo la litis sonaste, no se puede agregar ni mofidificar nada

En todo caso, si tenes poder, pero aun no lo presentaste, y la cliente no tiene copia del mismo, mandalo como papel sanitario (osea, hacelo desaparecer) y se termino tu responsabilidad. Nomas devolvele el dinero de bono e ius, salvo que quieras retenerle un poco de dinero en concepto de asesoramiento
 #1132668  por Iris
 
Gracias por sus respuestas
Ya la cite para devolverle el dinero.
Lo que no sabia es sobre la posibilidad de seguir el intercambio una vez iniciada la demanda sino quedo trabada la litis