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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #128225  por RULI
 
QUE TAL GENTE TENGO QUE INICIAR UNA INFORMACION SUMARIA DE CONVIVENCIA PARA SER PRESENTADA ANTE AFJP. YA HE LEIDO ALGO EN LOS FOROS, PERO SI ALGUIEN PUEDE MANDAR UN MODELITO Y SOBRE TODO EL DERECO APLICABLE MEJOR.... DISCULPEN LA URGENCIA PERO SIEMPRE "ES PARA AYER" MUCHAS GRACIAS
 #128318  por 123justicia
 
RULI escribió:QUE TAL GENTE TENGO QUE INICIAR UNA INFORMACION SUMARIA DE CONVIVENCIA PARA SER PRESENTADA ANTE AFJP. YA HE LEIDO ALGO EN LOS FOROS, PERO SI ALGUIEN PUEDE MANDAR UN MODELITO Y SOBRE TODO EL DERECO APLICABLE MEJOR.... DISCULPEN LA URGENCIA PERO SIEMPRE "ES PARA AYER" MUCHAS GRACIAS
de donde es el tema?
fijate que en si es de capital, lo haces en un CGP.- :wink:
 #129896  por sanfi
 
QUE TAL RULI. ES UNA DEMANDA COMUN "PROMUEVE INFORMACION SUMARIA". EN MATERIA PONES INFORMACION SUMARIA. DECLARACION JUDICIAL DE CONVIVENCIA. VA COMO SIEMPRE OBJETO, HECHOS, PRUEBA. EN PRUEBA OFRECES LA TESTIMONIAL, SI QUERES CON EL PLIEGO DE PREGUNTAS. EN LA DOCUMENTAL, AHI SI METE TODA, TODA LA PRUEBA QUE TENGAS, NO TE QUEDES CON NADA, FOTOS, CHEQUES, FACTURAS, TODO, ESO SI PEDI RESERVA EN SECRETARIA DE ESA PRUEBA, SI?. PEDI ONFORMATIVA PARA QUE SE ORDENE EL LIBRAMIENTO DE OFICO A TU AFJP P/ QUE INFORME SI TU CLIENTE (EL FALLECIDO) ESTABA AFILIADO, INFORME NRO. DE CTA. APORTES CAPITALIZADOS, COMISIONES COBRADA, Y TODA OTRA INFORMACION DE INTERES P/ EL PRESENTE. EL PTO.4 SERIA NOTIFICACION: ACA PEDÍS SE ORDENE LA NOTIFICACION PARA QUE LA AFJP Y ANSES, TOMEN LA INTERVENCION NECESARIA , CONFORME EL DTO 1290/94 Y LA RESOLUCION DE LA S.A.F.J.P. NRO. 373/94, TODO EN CONCORDANCIA CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 53 DE LA LEY 24.421 (ESE ES EL DERECHO QUE VOS PEDIAS, BUSCA LA LEY). LUEGO COMPETENCIA Y PETITORIO. YA ESTA LISTA TU DEMANDA. CUALQUIER DUDA AVISAME QUE NECESITAS, SI? SALUDOS!!
 #131012  por quintela
 
RULI PERDON QUE ME META PERO PERO QUIERO CONSULTARTE PORQUE INICIE UN TEMA ASI EN CAP FED Y SOLO ACOMPAÑE LA INFORMACION SUMARIA NO OFRECI NIUGUNA OTRA PRUEBA, PODRE HACERLO AHORA PORQUE TODAVIA NO ORDENARON EL TRASLADO A LA AFJP
DESDE YA MUCHAS GRACIAS
 #131105  por Vivor
 
Ojo, iniciala en Seguridad Social.
No hagas lo que hice yo, que pensando que era un tema de familia, por tratarse de probar un concubinato, lo inicie en el Fuero Civil y el Juzgado de Familia que me toco se declaro incompetente, derivandolo a Seg. Social.
Saludos.

 #133419  por quintela
 
Vivor lei tarde tu respuesta me paso lo mismo que a vos lo inicie en el Fuero Civil se declaro incompetente, derivandolo a Seg. Social.

Pregunto podré ampliar el ofrecimiento antes que corran traslado a la AFJP
No alcanza con la Informac sumaria

Saludos.
 #133571  por sanfi
 
Que tal. Todavis Ruli no nos dijo si el tema es en cap. o pcia. El mio es en pcia.(lomas de zamora) y no nos olvidemos que lo que requieren las AFJP es una declaracion judicial, o sea un expte. judicial donde la sentencia dirá que de la prueba producida se tiene por probada la convivencia de juan y maria. Yo tenia una informacion sumaria hecha ante un juzgado de paz, donde ambos declararon que hacia X tiempo se encontraban conviviendo, a eso le agregue fotos, facturas, tarjetas de credito, carnets de obra social, todo lo que tenia. Tengamos tambien en cuenta que las AFJP no son parte en dichos expediente, la ley dice que las administradoras "deben tomar la intervención necesaria", de hecho muchas veces no concurren a las audiencias sus apoderados, aunque nosotros tenemos la obligacion de notificarlos de las audiencias donde se produzca la prueba, si? espero haber ayudado.