En sala III, tengo un expte. desde 12/2012, solicite 2 prontos despachos y una busqueda, lo activaron hace 1 semana y proveyeron "...hagase saber que lo peticionado sera atendido en la medida de las posibilidades (con arreglo a lo dispuesto por res. CSJN 3070/2015) atento el cumulo de tareas que pesan sobre el tribunal..."; o sea mas de 3 años y recien empieza a tratarse la apelación.
La sala II, es un poco mas rápida y la sala I no se, no tengo nada añejo alli.