Estimados colegas, estoy con duda, me notifican una sentencia de una Infracción de foto multa, en Santa Fe donde dice que se puede optar por prorrogar la competencia ante el juez competente en razón del domicilio. En caso de que el imputado se encuentre domiciliado en otra provincia, solo procederá la prorroga cuando la jurisdicción a la que pertenezca el juez del imputado se encuentre domiciliado en otra provincia, solo procederá la prorroga cuando la jurisdicción a la que pertenezca el juez se encuentre adherida a la Ley Nacional de Transito y exista Convenio de reciprocidad, EXTREMOS QUE NO SE CUMPLEN EN LAS PRESENTES ACTUACIONES....la multa fue en Gobernador Crespo y mi cliente es de Entre Ríos...
Necesitaría una ayuda porque no se que hacer
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