Estimados Colegas: Tengo un divorcio para iniciar en Córdoba Capital. El código de procedimiento de Familia establece en su artículo 76 "La demanda debe deducirse por escrito y se ofrecerá toda la prueba de la que haya de valerse bajo pena de caducidad. El actor debe acompañar toda la prueba documental que estuviere en su poder o bien individualizarla e indicar su contenido y lugar donde se encuentre"
Mi preguntas es... Si o sí es toda la prueba en el mismo escrito de demanda? O puedo ampliarla posteriormente como los juicios comunes posteriormente a la audiencia? Si bien dice que es bajo pena de caducidad, me refiero a si esto lo podría hacer por una cuestión de estrategia procesal. El divorcio en sí no hay drama, obviamente va a salir. No obstante, el convenio regulador que vamos a presentar va a ser totalmente rechazado por el demandado y vamos a tener que acudir al litigio. En ese caso, puedo ampliar las pruebas más adelante? No me refiero a hechos nuevos. Tengo esa duda. Se aceptan sugerencias. Gracias!
Mi preguntas es... Si o sí es toda la prueba en el mismo escrito de demanda? O puedo ampliarla posteriormente como los juicios comunes posteriormente a la audiencia? Si bien dice que es bajo pena de caducidad, me refiero a si esto lo podría hacer por una cuestión de estrategia procesal. El divorcio en sí no hay drama, obviamente va a salir. No obstante, el convenio regulador que vamos a presentar va a ser totalmente rechazado por el demandado y vamos a tener que acudir al litigio. En ese caso, puedo ampliar las pruebas más adelante? No me refiero a hechos nuevos. Tengo esa duda. Se aceptan sugerencias. Gracias!