Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Notificación personal

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1134736  por carolinca
 
Hola..pregunta. Para notificarsr personalmente un incapaz...tiene se presentar un escrito o lo hacen ellos ? No sabe firmar...
 #1134803  por abogado1987
 
carolinca escribió:Hola..pregunta. Para notificarsr personalmente un incapaz...tiene se presentar un escrito o lo hacen ellos ? No sabe firmar...
¿sentencia?

¿notificarse de ...?


Art. 140. Ninguna persona será habida por demente, para los efectos que en este Código se determinan, sin que la demencia sea previamente verificada y declarada por juez competente.

http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... ituloX.htm
 #1134810  por carolinca
 
Notificarse de la resolución que designa a su curadora... de todas maneras el art que aplica es el 142 código procesal.-

Gracias Colegas!
 #1134863  por abogado1987
 
carolinca escribió:Notificarse de la resolución que designa a su curadora... de todas maneras el art que aplica es el 142 código procesal.-

Gracias Colegas!
entiendo que
Art. 140. Ninguna persona será habida por demente, para los efectos que en este Código se determinan, sin que la demencia sea previamente verificada y declarada por juez competente.


en cuanto a la notificación
"...II) Asimismo, en relacion a la causante, la misma debera notificarse de los informes periciales de manera personal, pudiendo dar cumplimiento con ello insertando impresion de su digito pulgar derecho, en su caso...JUEZ"

de nada, suerte