Hola que tal foristas, si bien hace mucho que no escribía siempre trato de leer el foro. Tengo una consulta.
Resulta que estoy tramitando un laboral en capital en función de un despido que realizó una empresa que después presento la quiebra en un comercial. Ahora el juzgado Laboral me intima a que opte por continuar verificación del crédito conforme art. 32 LCQ o continuar el laboral de conformidad con el art. 200 LCQ bajo apercibiento de econsiderar elegida la vía verificatoria, es decir el art. 32, hecho que implica renunciar a la causa. La pregunta es que me conviene hacer? Que opto? El laboral esta trabada la litis pero todavía no se abrió a prueba. Muchas gracias
Dr. cwebb
Resulta que estoy tramitando un laboral en capital en función de un despido que realizó una empresa que después presento la quiebra en un comercial. Ahora el juzgado Laboral me intima a que opte por continuar verificación del crédito conforme art. 32 LCQ o continuar el laboral de conformidad con el art. 200 LCQ bajo apercibiento de econsiderar elegida la vía verificatoria, es decir el art. 32, hecho que implica renunciar a la causa. La pregunta es que me conviene hacer? Que opto? El laboral esta trabada la litis pero todavía no se abrió a prueba. Muchas gracias
Dr. cwebb