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  • hasta cuándo es pertinente la acumulación de procesos?

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 #1134877  por jorge1968
 
Inicié demanda por daños y perjuicios contra una empresa de electrodomésticos por fraude en la compra de un producto
El fraude fue porque una persona realizó una compra de varios celulares con un DNI "trucho", haciéndose pasar por la verdadera persona portadora de ese DNI
La firma, luego de verificar la identidad de la persona y ver su veraz, le otorgó un crédito personal a esa persona por la compra
Dicho crédito personal lo gestiona el banco que pertenece a la cadena de electrodomésticos
Inicié demanda por fraude por daños contra la firma
Si bien la empresa reconoció que el vendedor, el cajero y el gerente de la sucursal fueron responsables en la verificación y posterior otorgamiento del crédito y de los productos, aducen que el responsable es el banco por haber otorgado el préstamo
Mi consulta es hasta cuándo puedo interponer demanda contra el banco para pedir acumulación de expedientes y si es acumulación acarrea algún inconveniente
Estamos en la etapa de prueba con la firma demandada
Gracias
 #1134904  por andresxeneizes
 
entiendo que el banco puede interponer demanda hasta que no le prescriba.

despues la acumulacion es harina de otro costal

si la inician y vos tenes muy avanzado el proceso por el art 188 inc 4 del cpccn no le deberia caminar

tambien puede pasar que en un principio la acumulacion camine y luego se pueda pedir que se desacumulen los expedientes por las razones que te decia antes