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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1135695  por Daniel58
 
Pedi turno para jubilacion moratoria ley 26970, y lo rechazaron el socio-ambiental por codigo 8ia, este trata del ingreso de la monotributista que supera el monto por el cual no se perciben salarios familiares, osea hasta la suma mensual de $ 30.000 (ahora $ 60.000), la futura jubilada esta inscrita en monotributo cat- G, la que no supera los $ 240.000 anuales osea $ 20.000 mensuales, y en AFIP me remiten a la ANSES para que presente nota oponiendome a la aplicacion de tal codigo fundamentando que la Sra. no supera el maximo para la percepcion de salario familiar como lo establece el codigo 8ia del rechazo del socio economico, si alguien puede comentar algo al respecto desde ya muchas gracias.
 #1135714  por MARIO1943
 
Daniel58 escribió:Pedi turno para jubilacion moratoria ley 26970, y lo rechazaron el socio-ambiental por codigo 8ia, este trata del ingreso de la monotributista que supera el monto por el cual no se perciben salarios familiares, osea hasta la suma mensual de $ 30.000 (ahora $ 60.000), la futura jubilada esta inscrita en monotributo cat- G, la que no supera los $ 240.000 anuales osea $ 20.000 mensuales, y en AFIP me remiten a la ANSES para que presente nota oponiendome a la aplicacion de tal codigo fundamentando que la Sra. no supera el maximo para la percepcion de salario familiar como lo establece el codigo 8ia del rechazo del socio economico, si alguien puede comentar algo al respecto desde ya muchas gracias.
ESTA BIEN LO QUE DICE AFIP, PRESENTA UNA NOTA ADJUNTANDO COPIA DE LA INSCRIPCION QUE FIGURA EN AFIP,
 #1397936  por DraNagan
 
Revivo un post viejo. Alguno pudo resolver el tema de este codigo de rechazo? Me sucede lo mismo pero esta persona no esta inscripta en AFIP desde el 2019 que se dio de baja. Puede ser por no presentar las ddjj de ganancias de años anteriores?
Gracias
 #1398063  por lucky
 
DraNagan escribió:Revivo un post viejo. Alguno pudo resolver el tema de este codigo de rechazo? Me sucede lo mismo pero esta persona no esta inscripta en AFIP desde el 2019 que se dio de baja. Puede ser por no presentar las ddjj de ganancias de años anteriores?
Gracias
Raro, hay que ver si el último año no cobró algo importante. Acá se ha comentado que han rechazado evaluaciones por cobrar un retroactivo o una indemnización en los últimos 12 meses.
 #1398075  por noelin
 
HOLA!!! ESTE TEMA SIEMPRE FUE UNA INCOGNITA PARA MI. DONDE PUEDO VER LOS CODIGOS???? Q EQUIVALENCIAS TIENEN'? COMO SE ACTUALIZAN?? MIL GRACIAS
 #1398093  por lucky
 
Los parámetros del socioeconómico se actualizan una vez por año. La última vez fue en febrero del 2021.
Entre esta semana y los primeros días de marzo debería salir la Resolución con ese nuevo límite de ingreso individual para cobrar AAFF, que desde el año pasado está en 105 mil y pico. Y eso repercutirá en todas las variables.
Supuestamente deberá subir alrededor de un 50% o un poco más, con lo que se iría a cerca de $ 158.000
Veremos.


Los códigos son estos.
Los códigos de rechazo podrán ser 8iA, 8iB u 8iC, de acuerdo a lo dispuesto
por el artículo 8° de la resolución Conjunta General AFIP N° 3673/14 y ANSES
N° 533/14, correspondiendo:
8IA) Ingresos brutos anuales percibidos, en los últimos DOCE (12) meses
anteriores a la fecha de la evaluación, cuyo promedio supere a los
límites vigentes para el derecho a la percepción de la asignación familiar
prevista en el inciso a) del Artículo 6° de la Ley N° 24.714 y sus
modificaciones.
Si el período de percepción es menor a DOCE (12) meses, se
considerará la cantidad de meses efectivamente liquidados o
declarados, según corresponda. Se tendrán en cuenta en este análisis,
los sueldos brutos en relación de dependencia, haberes previsionales
brutos y los ingresos declarados en el impuesto a las ganancias y/o el
rango de ingresos brutos anuales declarados en el Régimen Simplificado
para Pequeños Contribuyentes (RS).
8IB) Manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto
sobre los Bienes Personales que supere CUATRO (4) veces el importe
anualizado del ingreso previsto en el inciso a), y/o la tenencia de bienes
informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la
Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios que supere UNO COMA
CINCO (1,5) veces el importe anualizado del referido ingreso, y/o la
tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de
Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones de más de 9 metros de
eslora informada por la Prefectura Naval Argentina.
8IC) Gastos y/o consumos que superen en más del TREINTA POR CIENTO
(30%) los ingresos calculados de acuerdo a las pautas del inciso a). A tal
fin serán tenidos en cuenta los gastos efectuados con tarjetas de crédito
y/o débito.
Si el titular quisiera conocer los motivos específicos del rechazo deberá
atenderse el procedimiento detallado en la Circular DP N° 42/18 o la que en el
futuro la reemplace, bajo el título Procedimiento de Notificación de Resultado
Negativo-Ley N° 24.476.
 #1422618  por MARIO1943
 
guillote08 escribió: Lun, 14 Mar 2022, 19:40 Hola una consulta.. cada cuanto tiempo (meses) recomiendan intentar de nuevo para ver si pasa el socioeconomico.. en un caso llevo ya unos meses y sigue sin pasar el socioeconomico..
ENTONCES APLICARON LOS PARAMETROS QUE PIBLICO ANSES EN FEBRERO 2021, FIJATE QUE LO BAJO LUCKY, TENDRIA QUE HABER SALIDO EN EL MES DE FEBRERO 2022,ESPERA QUE SALGA
 #1423749  por MARIO1943
 
CREERIA QUE SI, PORQUE YA SALIO EL TOPE PARA COBRAR LAS ASIGNACIONES FAMILIARES Y ESE PARAMETRO SE USA PARA EL SOCIOECONOMICO HABRIA QUE APLICAR EL 50,625% A LOS BIENES PERSONALES Y A LA TARJETA DE CREDITO
Desde marzo de 2022, la percepción de un ingreso superior a $158.366 (hasta febrero: $ 105.139) por parte de uno de los integrantes del grupo familiar excluye a dicho grupo del cobro de las Asignaciones Familiares, aún cuando la suma de sus ingresos no supere el tope máximo.
 #1444097  por lucky
 
Si te referís a los parámetros de ingresos que toman para hacer la evaluación, no hay una resolución puntual que dicte ANSES refiriéndose a cuál es el monto de cada item (ingresos, DDJ bienes personales, gastos con tarjetas, etc...). Nunca la hubo. Siempre se refieren en forma genérica al monto límite de ingreso individual para las AAFF.
Lo que existe es la resolución Nº 33/2022 del 24 de febrero por la cual aumentó ese monto de ingreso individual a $ 158.366.
 #1459683  por juancapa
 
lucky escribió: Dom, 03 Abr 2022, 10:29 Con ese importe calculás todos los rubros que se consideran para la evaluación.
Gracias Lucky. Tengo un cliente con 20 años de aportes entre marino mercante y construcción (52/25 y 55/25). También tiene comunes y algunos autónomos. El tema es que no llega a juntar los años aportes prorrateados y por ende si o si tengo que comprar un par de años x moratoria. Pero como está laburando de mercante, los haberes son altísimos (promedio de 300.000 por mes) y por ende, esos ingresos le hacen saltar el código 8iA