Buenas tardes, tengo un caso de una docente de instituto Privado que cobra por debajo de la grilla salarial estipulada por SADOP (Sindicato inherente a la actividad). No hay mala registración en cuanto a fecha y en cuanto al salario, solo que cobra abiertamente en su recibo por debajo de lo estipulado por la grilla del convenio aplicable. Mis preguntas son dos: Uds. piensan que esta situación podría categorizarse como mala registración? Se podrá extender la responsabilidad solidariamente a directores de la sociedad? Es una S.A. Mil gracias!!!
Te equivocas en un punto... cuando decis que no hay mala registracion respecto del salario.
Acordate que el salario nunca puede ser inferior al convencional y por ende corresponde intimar la registracion con el salario de convenio (la diferencia es lo que no esta registrado y tambien se adeuda).
Igual verifica que efectivamente le corresponda lo que sostenes porque sino vas a terminar con un lio.
Saludos, Martin