*Buenas tardes foro. consulto: Un corralón de materiales que además elabora hormigón y es contratista vial (si todo junto) despide a mi cliente, el cual estaba inscripto con medio jornal en banco y medio en negro. Trabajaba en la distribución de hormigón como bombeador. Al despedirlo le pagan solamente el fondo de cese laboral IERIC. Por lo que pude apreciar, no le hacían los depósitos mensualmente, sino que le depositaron de una sola vez el monto que estimaron correspondía por su antigüedad. Esto lo comprueba que en la planilla del IERIC surgen unos centavos de interés generado en una relación laboral de casi tres años.
Pregunto: 1. Será que pueda sacar la relación laboral del régimen de la 22.250 y pasarlo a la LCT. básicamente por incumplir con la normativa del IEric. Por la actividad el encuadre seria el correcto.
2. Al estar ya despedido, luego de denunciar el trabajo en negro y pedir las diferencias salariales, puedo intimar por las indemnizaciones de la LCT ?
Desde ya muchas gracias por sus opiniones¡¡¡¡¡¡¡¡ [/b][/b][/size]
Pregunto: 1. Será que pueda sacar la relación laboral del régimen de la 22.250 y pasarlo a la LCT. básicamente por incumplir con la normativa del IEric. Por la actividad el encuadre seria el correcto.
2. Al estar ya despedido, luego de denunciar el trabajo en negro y pedir las diferencias salariales, puedo intimar por las indemnizaciones de la LCT ?
Desde ya muchas gracias por sus opiniones¡¡¡¡¡¡¡¡ [/b][/b][/size]