Hola a todos. Tengo un tema con un caso, no hago mucho familia y agradecida ayuda en el tema. Alimentos: mi cliente vivió en concubinato durante años en bs as. Fruto de la relación nació un hijo. Separados la madre y el hijo se van a vivir al sur. Mi cliente nunca puso reparo en ello pero no firmo jamas convenio alguno de alimentos ni régimen de visita. Pese a ello cumplió con la cuota alimentaria que le envía mediante transferencia mensualmente. Asimismo visitaba periodicamente a su hijo pese a la distancia que los separaba. Ahora diferencias con su ex motivo que esta lo intimara a fijar cuota y régimen de visitas. Mi pregunta es la siguiente. 1) Domicilio: el ultimo domicilio conyugal es en bs as pero ella puede llevar la mediación al sur? 2) modelo de contestación cuando se ha cumplido cuota alimentaria y régimen fijado de hecho por las partes. Agradeceré toda ayuda