Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Cobro de pacto de cuota litis en Pcia de Bs As.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1138083  por ringofloyd
 
Estimados, una consulta: Cerré un acuerdo laboral en un juicio en Matanza, en cuotas y fui a consultar al Bco. Provincia por el tema de los pagos; como ya sabía arriba de $30.000, se paga mediante transferencia al actor, a una cuenta que le hacen abrir en el mismo banco (me dijeron que no permiten transferencias a cuentas del actor en otro banco que no sea el Pcia.). El problema -es que a diferencia del Banco Ciudad- no permiten transferir a dos cuentas distintas, que es como uno hace en Capital para poder cobrar sus honorarios al actor. Como hacen uds. en la práctica, para cobrar el pacto de cuota litis en ese contexto? Aclaro, que en el caso, no está ratificado el pacto en el expediente.
Un cordial saludo.
 #1138133  por DRA. MACA
 
ringofloyd escribió:Estimados, una consulta: Cerré un acuerdo laboral en un juicio en Matanza, en cuotas y fui a consultar al Bco. Provincia por el tema de los pagos; como ya sabía arriba de $30.000, se paga mediante transferencia al actor, a una cuenta que le hacen abrir en el mismo banco (me dijeron que no permiten transferencias a cuentas del actor en otro banco que no sea el Pcia.). El problema -es que a diferencia del Banco Ciudad- no permiten transferir a dos cuentas distintas, que es como uno hace en Capital para poder cobrar sus honorarios al actor. Como hacen uds. en la práctica, para cobrar el pacto de cuota litis en ese contexto? Aclaro, que en el caso, no está ratificado el pacto en el expediente.
Un cordial saludo.
Si no está ratificado el pacto fuiste,lo tenías que haber hecho ratificar antes de arribar al acuerdo o en el mismo acto del acuerdo también se puede hacer.

La única que te queda es seguir al cliente al banco si o si y rogar que te pague :|
 #1159071  por Nise
 
Perdon, refloto este tema porque tengo una duda. Si es un juicio de accidente, en capital, (y, obviamente no tengo el pacto de cuota Litis homologado porque la ley 26773, a mi juicio inconstitucional, lo prohibe), puede mi cliente transferirme una $ acordada verbalmente denunciando mi CBU?
Por lo que leo en este post para que si, pero pueden hacerme algún problema???
 #1159088  por DRA. MACA
 
Nise escribió:Perdon, refloto este tema porque tengo una duda. Si es un juicio de accidente, en capital, (y, obviamente no tengo el pacto de cuota Litis homologado porque la ley 26773, a mi juicio inconstitucional, lo prohibe), puede mi cliente transferirme una $ acordada verbalmente denunciando mi CBU?
Por lo que leo en este post para que si, pero pueden hacerme algún problema???
Si, no habría problema.