...la documental de fondo, donde consta la obligación, esta en copia simple con sello de escribano? serviría para inciar la demanda...
Si, no, depende...
Bueno, como poder podes, el tema es si lo ganas luego
Segun como sea el documento que tenes
1-Copia simple, sin firma de nadie (ni del escribano) pero solo con un sello de "un escribano". Lo perdes. Te niegan las firmas, y te niegan el sello, alegando que el solo sello no prueba la intervencion de un escribano ya que la firma del mismo no esta. Inclusive hasta pueden dar a entender que el sello pudo haber sido "robado o truchado" en los hechos y te tiran todo abajo
2-Copia simple, firmas de las partes copiadas, pero firma y sello del escribano original certificando que la copia es fiel del original. Te sirve pero no te sirve, porque si bien prueba que es copia fiel de un original, igual te niegan las firmas de las partes. Alegando que el escribano no certifico esas firmas como originales, que solo certificó que le trajeron un original "ya firmado pero no ante sus ojos" (por lo que no puede saber si son firmas autenticas) y que la copia era copia de esa papel "no firmado ante sus ojos"
3-Copia simple, firmas de las partes copiadas, con autenticacion de esas firmas por un escribano llamado "X", y luego otra certificacion de otro escribano llamado "Y" que certifica que esa copia es fiel del otro original certificado por ese escribano anterior. Eso es una cadena de certificaciones, si bien es valido, te van a tratar de desvirtuar la cadena de certificaciones, diciendo que la certificacion originaria es copia de un original no a la vista. Y vos te defenderas diciendo que esa certificacion originaria que si bien es copia, fue reconocida por el otro escribano posterior en forma original
4-Copia simple, firma de las partes copiadas, pero con autenticacion de tales firmas, y de la copia, por un unico escribano. Vale como original en tal caso y poco te pueden oponer. Ya que es un solo escribano el que certificó las firmas, y que la copia proviene del original
