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  • COMO SEGUIR CON EL DEMANDADO FALLECIDO...

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 #1139334  por tafi
 
Buenos Aires, de marzo de 2016.- NNAgréguese la partida de defunción original y su copia.Previa certificación de esta última, desglósese el original defs.500/501, y entréguese al peticionante bajo constancia.En virtud de encontrarse acreditado el fallecimiento de la XXXXXX, suspéndase los plazos procesales enlos términos del art. 43 del CPCC; debiendo citar a los herederos delmismo bajo apercibimiento de lo normado por el art. 53 inc. 5 delCPCC. Notifíquese.


-..... SE SUSPENDEN LOS PLAZOS HASTA QUE SE PRESENTEN? SIGUE EL APODERADO DE LA DEMANDADA ACTUANDO O DEBO SOLICITAR SE NOTIFIQUE POR EDICTOS??
DESCONOZCO SI HAY HEREDEROS NO HAY SUCESION....
 #1139336  por berlin1974
 
El apoderado no puede seguir actuando porque el poder cesa con el fallecimiento de mandante.
Hay que citar al los herederos, si no los concesionarios hay que buscarlos.
Saludos