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  • Juicio de Daños, en Nación: Hay segundo traslado??

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 #1139560  por Nise
 
Buen dia. Es mi primer demanda civil por daños y perjuicios, voy por el actor, es en Capital.
Contestaron demanda el demandado y la citada en garantía. El juez les proveyó "téngase presente la contestación de demanda".
Pregunto: Hay segundo traslado? Osea como tengo que agregar la cedula del demandado, (quien vive en provincia), tengo que pedir que se me corra traslado de las contestaciones de demanda??
O directamente acompaño la cedula, y pido se fije audiencia del art. 360 CPCCN?
 #1139561  por berlin1974
 
En el proceso civil no hay duplica. Te tienen que dar traslado de la documental (para reconocer o desconocer la misma), de las excepciones previas si la hubiera, y de la prueba ofrecida (por formular oposición a alguna). Despues de ese traslado, pedis 360.
Saludos
 #1141129  por Nise
 
gracias. Lo unico es que la citada en garantia (a lo cual el demandado se adhirió) se habia opuesto a mi prueba testimonial argumentando que no habia denunciado los extremos por los cuales solicitaba declaren. Por las dudas en mi escrito ya manifeste porque motivo se debe rechazar esa oposicion.