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 #1140600  por gamorza2002
 
Hola, estoy buscando distintas opiniones respecto a un tema, ya que yo me dedico solo a laboral y me gustaria saber que piensan.

El caso es este. Una señora mayor es atropellada por una moto, tuvo muchas lesiones, estuvo internada etc. A la semana se le aparece en la casa un supuesto liquidador de siniestros de Provincia Seguros, le ofrece que firme un acuerdo y que le van a pagar 6 mil pesos!!!, esta señora no le firma, pero a partir de ahi la empieza a acosar todo el tiempo para que firme, va 3 veces por dia, la encuentra en la calle etc, hasta que...le firma. Bien, la cosa es que cuando se entera la hija se quiere morir y me vienen a ver.

Tiene una copia del acuerdo, es el tipico acuerdo con una compañia de seguros, sin nada raro, lo que pude averiguar que este tipo es un liquidador de siniestros y se dedica a joder hasta que firman.

Ya que este tipo jugo sucio, estoy viendo como contrarestarlo y escucho opiniones.

El acuerdo dice que se pagara a los 30 dias de firmado (ya van 15)con un cheque que se entregara en la sucursal de esta ciudad, bien, pero dejaron en blanco el dia, solo dice mayo!, lo que les dije es, NO RECIBAN NADA, NO VAYAN NI LOCAS A LA SURCURSAL SI LAS LLAMAN.

Ya que no dice fecha, voy a mandar carta documento diciendo que ya se cumplieron los 30 dias y que da por decaido el acuerdo celebrado y que iniciara las acciones legales correspondientes.

Voy a aporvechar que el acuerdo mismo dice que UNA VEZ QUE SE PAGUE LA PARTE NADA TENDRA QUE RECLAMAR, y que EL PRESENTE ACUERDO NO CONSTITUYE RECONOCIMIENTO DE HECHOS NI DE DERECHO Y QUE ACUERDAN DE COMUN ACUERDO QUE NO COSNTITUYE ANTECEDENTE DE NINGUN TIPO.

Creo que con esto lo puedo voltear al acuerdo.

Opiniones? Gracias.
 #1140601  por berlin1974
 
1) El acuerdo es legalmente es válido, en tanto tu cliente no es incapaz.
2) La fecha en blanco es un arma de doble filo, ya que ellos obviamente también tienen una copia, y probablemente este fechada. Y despues será una cuestión de prueba.
3) Para dar por decaído el acuerdo, hay que ver bien las cláusulas. En principio la transacción da por extinguida la obligación original y hace nacer una nueva, por lo cual, lo que podrías hacer en caso de incumplimiento es ejecutar el acuerdo. Pero, hay que ver bien la redacción del acuerdo.
En todo caso, transcribí el acuerdo, sin poner los datos personales y lo vemos.
Saludos
 #1140628  por flux
 
Como te dijeron arriba, el acuerdo es valido, pero..., aun sin ser incapaz tu cliente, podes correr por el lado de la lesion subjetiva, usando, inclusive la falta de fecha como parte de argumento y prueba de que hubo matufia (mas prueba si vas a necesitar), sobre todo si ellos colocan otra fecha distinta

Fijate si hay alguna clausula por la que, en caso de incumplirse, puedas pedir que se de por decaido el acuerdo, en caso de que no, te queda el camino de la nulidad por lesion subjetiva