Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Cuidado terapeutico y servicio domestico

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1140772  por santiheladero
 
tengo un tema paricular. Una señora entra a trabajar a la casa de una persona, para cuidarlo ya que la misma es invalida, pero ademas realizar todas las tareas de la casa: lavar planchar, cocinar, llevarlo, traerlo etc.
mientras tanto realiza un curso de enfermeria. Este año recibe el titulo y a los dias la despiden verbalmente.
Se que por el cuidado terapeutico esta excluida del regimen de casa particular, porque la trabajadora hoy ademas es enfermera.

Pero en su momento y la mayor parte de la relacion era un cuidado no profesional, ademas de realizar todas las demas tareas del servicio.

el tema es si puedo encarararlo como empleo domestico por todas esas actividades. Estaba completamente en negro, la despidieron verbalmente y no le pagaron un peso.
 #1140934  por flux
 
Si, es domestica, que aparte cuidaba a una persona en el domicilio, pero domestica al fin

El cuidado de personas o apoyo terapeutico solo incluye el cuidado, la compania, el aseo de la persona, darle de comer, vestirlo, etc..., pero a donde la empleada lavo un plato, tendio una cama, barrio, lavo o hizo algo relativo al cuidado de la casa..., ya paso a ser domestica
 #1197457  por MarulaJS
 
Estimados,
Tengo que contestar demanda interpuesta en tribunal domestico, la actora manifiesta que realizaba labores, cuando en realidad sólo cuidaba a una sra. (darle de comer, llevarla al baño y asearla) la sra fallece y demanda al hijo por trabajo en negro. Había pensado en oponer excepción de falta de legitimación o bien excecepción de incompetencia. Qué opinan?
 #1197462  por Bruna90
 
Por lo que comentas encuadraría a la cuarta categoría del servicio doméstico, que incluye asistencia no terapéutica de adultos mayores, la quinta categoría incluye tareas generales pero la escala salarial es mas favorable para la cuarta categoría, así que en todo caso convendría dejarla en la quinta categoría .