Colegas.. Requiero alguna opinión sobre un tema que no termina de cerrarme y me está complicando bastante al no saber bien como encararlo.-
La cuestión en analisis en la siguiente: "A" fallece, sus herederos venden sus derechos y acciones hereditarios a "B", este se presenta en dicho sucesorio, y luego al tiempo fallece (sin adjudicar, ni disponer de nada). Abro el sucesorio de "B" y obtengo declaratoria de herederos.-
Donde radica mi problema... como hago para adjudicar los bienes en el sucesorio de "B", es decir, dentro de los derechos y acciones sucesorios adquiridos por "B" en vida, había tres inmuebles. El problema con que me encuentro es como puedo adjudicar esos bienes que todavía figuran registralmente en cabeza de "A" en el sucesorio de "B"...
No se si debo presentarme en el sucesorio de "A" en carácter de heredero de "B" y solicitar desglose de la Escritura de Cesión de Derechos Hereditarios que consta en ese sucesorio, e incorporarlo en el Sucesorio de "B"... y luego a partir de ello comenzar a adjudicar a medida que se vayan vendiendo..
O si debo presentarme en el sucesorio de "A", solicitar se inscriba la Cesión de Derechos y Acciones Sucesorios en el Registro de la Propiedad Inmueble, y luego denunciar los bienes en la sucesión de "B" tal y como normalmente se hace y pedir adjudicacion...
En fin.. estoy medio perdido.. alguno que pueda tirarme un salvavidas se le agradecerá..
Muchas Gracias.. Slds.
La cuestión en analisis en la siguiente: "A" fallece, sus herederos venden sus derechos y acciones hereditarios a "B", este se presenta en dicho sucesorio, y luego al tiempo fallece (sin adjudicar, ni disponer de nada). Abro el sucesorio de "B" y obtengo declaratoria de herederos.-
Donde radica mi problema... como hago para adjudicar los bienes en el sucesorio de "B", es decir, dentro de los derechos y acciones sucesorios adquiridos por "B" en vida, había tres inmuebles. El problema con que me encuentro es como puedo adjudicar esos bienes que todavía figuran registralmente en cabeza de "A" en el sucesorio de "B"...
No se si debo presentarme en el sucesorio de "A" en carácter de heredero de "B" y solicitar desglose de la Escritura de Cesión de Derechos Hereditarios que consta en ese sucesorio, e incorporarlo en el Sucesorio de "B"... y luego a partir de ello comenzar a adjudicar a medida que se vayan vendiendo..
O si debo presentarme en el sucesorio de "A", solicitar se inscriba la Cesión de Derechos y Acciones Sucesorios en el Registro de la Propiedad Inmueble, y luego denunciar los bienes en la sucesión de "B" tal y como normalmente se hace y pedir adjudicacion...
En fin.. estoy medio perdido.. alguno que pueda tirarme un salvavidas se le agradecerá..
Muchas Gracias.. Slds.

