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  • Cesión Derechos y Acciones Hereditarios. Inscripción. Dudas.

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 #1140886  por matpr
 
Colegas.. Requiero alguna opinión sobre un tema que no termina de cerrarme y me está complicando bastante al no saber bien como encararlo.-

La cuestión en analisis en la siguiente: "A" fallece, sus herederos venden sus derechos y acciones hereditarios a "B", este se presenta en dicho sucesorio, y luego al tiempo fallece (sin adjudicar, ni disponer de nada). Abro el sucesorio de "B" y obtengo declaratoria de herederos.-

Donde radica mi problema... como hago para adjudicar los bienes en el sucesorio de "B", es decir, dentro de los derechos y acciones sucesorios adquiridos por "B" en vida, había tres inmuebles. El problema con que me encuentro es como puedo adjudicar esos bienes que todavía figuran registralmente en cabeza de "A" en el sucesorio de "B"...

No se si debo presentarme en el sucesorio de "A" en carácter de heredero de "B" y solicitar desglose de la Escritura de Cesión de Derechos Hereditarios que consta en ese sucesorio, e incorporarlo en el Sucesorio de "B"... y luego a partir de ello comenzar a adjudicar a medida que se vayan vendiendo..

O si debo presentarme en el sucesorio de "A", solicitar se inscriba la Cesión de Derechos y Acciones Sucesorios en el Registro de la Propiedad Inmueble, y luego denunciar los bienes en la sucesión de "B" tal y como normalmente se hace y pedir adjudicacion...

En fin.. estoy medio perdido.. alguno que pueda tirarme un salvavidas se le agradecerá..

Muchas Gracias.. Slds.
 #1140887  por abogado_1987
 
matpr escribió:Colegas.. Requiero alguna opinión sobre un tema que no termina de cerrarme y me está complicando bastante al no saber bien como encararlo.-

La cuestión en analisis en la siguiente: "A" fallece, sus herederos venden sus derechos y acciones hereditarios a "B", este se presenta en dicho sucesorio, y luego al tiempo fallece (sin adjudicar, ni disponer de nada). Abro el sucesorio de "B" y obtengo declaratoria de herederos.-

Donde radica mi problema... como hago para adjudicar los bienes en el sucesorio de "B", es decir, dentro de los derechos y acciones sucesorios adquiridos por "B" en vida, había tres inmuebles. El problema con que me encuentro es como puedo adjudicar esos bienes que todavía figuran registralmente en cabeza de "A" en el sucesorio de "B"...

No se si debo presentarme en el sucesorio de "A" en carácter de heredero de "B" y solicitar desglose de la Escritura de Cesión de Derechos Hereditarios que consta en ese sucesorio, e incorporarlo en el Sucesorio de "B"... y luego a partir de ello comenzar a adjudicar a medida que se vayan vendiendo..

O si debo presentarme en el sucesorio de "A", solicitar se inscriba la Cesión de Derechos y Acciones Sucesorios en el Registro de la Propiedad Inmueble, y luego denunciar los bienes en la sucesión de "B" entiendo correcto tal y como normalmente se hace y pedir adjudicacion...

En fin.. estoy medio perdido.. alguno que pueda tirarme un salvavidas se le agradecerá..

Muchas Gracias.. Slds.
tené presente el > Art. 43. - Cuando la parte que actuare personalmente falleciere o se tornare incapaz, comprobando el hecho, el juez o tribunal suspenderá la tramitación y citará a los herederos o al representante legal en la forma y bajo el apercibimiento dispuestos en el artículo 53, inciso 5.
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... texact.htm
 #1140913  por legalescom
 
Ya lo contesté, pero no quedó registrado. Deberás pedir "ad effectum videndi et probandi", en la sucesión de "B", que remitan los autos sucesorios de "A". Luego requerir, siempre en B, que se testimonie la cesión de derecho hereditarios de la A y la declaratoria de Herederos, para inscribirlas junto con la declaratoria de B, por ante el Registro. En el caso de vender, antes de inscribir el último auto referido, lo harÁ el escribano, por tracto abreviado. ¿Capisce? .
Tenelo, muy presente, que nunca se puede inscribir un bien a nombre de una persona fallecida.
 #1140922  por matpr
 
Gracias a ambos..

Abuso de vuestra generosidad y consultó unas cositas más..

Cual seria la finalidad de requerir la sucesión de A como prueba "ad efectum.." ??? No basta con solicitar en B testimonio o copia certificada de la declaratoria y la cesión de A ???

Por otro lado.. la sucesión de A esta archivada. Con lo cual si solo bastara copia certificada podría pedirla directamente en B y que lo remita el archivo departamental, sin necesidad de desarchivar..

Por último.. solicitar testimonio o copia certificada tendrá la misma validez ? O será necesario si o si testimonio.. xq en dicho caso será necesario desarchivar si o si.

Desde ya.. muchísimas gracias.. y ambos me aclararon bastante..
 #1140925  por matpr
 
Y una más.. una vez inscripta la declaratoria de A, junto con la cesión y la declaratoria de B en el registro.. ya estaría todo ok en A para inscribir por tracto.. perooo o debería notificar dicha inscripción en la sucesión de A ?? O como quedaría cerrada la cuestión en la sucesión de A ?

Y la última.. dicha inscripción deberá hacerse en cada uno de los inmuebles.. no ?

Gracias...