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  • usucapion - titular registral falleció - ¿a quien demando?

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 #129775  por arielba1
 
En el año 82 mi cliente compro un terreno a los herederos del dueño, comprometiéndose éstos a finalizar la sucesión en un plazo no mayor a 6 meses y firmar la escritura. El tema es que nunca se finalizó la sucesión (no se si siquiera se inició) ni por ende tampoco se firmó la escritura. Ahora mi cliente quiere iniciar la usucapión y mi pregunta entonces es si sabiendo que el titular registral falleció, igualmente tengo que dirigir la demanda contra él o la inicio directamente contra los herederos? O ambos a la vez? en la demanda había optado por esta ultima.
"En el carácter invocado y siguiendo expresas instrucciones impartidas por mi instituyente, vengo en tiempo y forma a interponer demanda de USUCAPION en contra de ____, con domicilio real desconocido, quienes figuran como titulares registrales de los inmuebles objeto del presente, cuyos datos de referencia se detallan a continuación, persiguiendo la declaración judicial atributiva de la propiedad del mismo, en razón de las consideraciones de hecho y de derecho que seguidamente paso a exponer. Asimismo, la presente acción se interpone también contra los herederos de los titulares y todo aquél que se crea con derecho sobre los inmuebles que se pretende usucapir. "

 #129837  por mauricio198308
 
Sacaste un certificado de dominio actualizado?
La usucapión la vas a tener que hacer contra aquel que está en el certificado.

slds

 #129863  por mauricio198308
 
La verdad que procesalmente no se como proceder en ese caso. Estimo que tendrás que usucapir contra la sucesión, si es que está abierta, si no no se.

slds!

 #129970  por Natalia Huerta
 
Buenas:

1) Averigua si esta hecha la sucesion.
2) Intima por carta documento a los herederos a que cumplan con lo acordado siempre y cuando tengas algun contrato que avale sus dichos.-
3) Proponeles a los herederos que hagan una escritura de cesion de acciones y derechos hereditarios y que los compradores se presente en la sucesion y la terminen. Luego se manda a inscribir a nombre de ellos.

Me parece la solucion mas rapida y ademas tus honorarios seran mas considerables que una usucapion.
Pensalo.
Saludos

 #130324  por javierhs
 
Yo diría que no tenés por que saber que está muerto. Si tenés otra prueba no hace falta que presentes el boleto de compraventa. La usucapión la haces contra el difunto, que lamentablemente no se va a poder presentar. De todas formas escuchá otras opiniones.