En el año 82 mi cliente compro un terreno a los herederos del dueño, comprometiéndose éstos a finalizar la sucesión en un plazo no mayor a 6 meses y firmar la escritura. El tema es que nunca se finalizó la sucesión (no se si siquiera se inició) ni por ende tampoco se firmó la escritura. Ahora mi cliente quiere iniciar la usucapión y mi pregunta entonces es si sabiendo que el titular registral falleció, igualmente tengo que dirigir la demanda contra él o la inicio directamente contra los herederos? O ambos a la vez? en la demanda había optado por esta ultima.
"En el carácter invocado y siguiendo expresas instrucciones impartidas por mi instituyente, vengo en tiempo y forma a interponer demanda de USUCAPION en contra de ____, con domicilio real desconocido, quienes figuran como titulares registrales de los inmuebles objeto del presente, cuyos datos de referencia se detallan a continuación, persiguiendo la declaración judicial atributiva de la propiedad del mismo, en razón de las consideraciones de hecho y de derecho que seguidamente paso a exponer. Asimismo, la presente acción se interpone también contra los herederos de los titulares y todo aquél que se crea con derecho sobre los inmuebles que se pretende usucapir. "
"En el carácter invocado y siguiendo expresas instrucciones impartidas por mi instituyente, vengo en tiempo y forma a interponer demanda de USUCAPION en contra de ____, con domicilio real desconocido, quienes figuran como titulares registrales de los inmuebles objeto del presente, cuyos datos de referencia se detallan a continuación, persiguiendo la declaración judicial atributiva de la propiedad del mismo, en razón de las consideraciones de hecho y de derecho que seguidamente paso a exponer. Asimismo, la presente acción se interpone también contra los herederos de los titulares y todo aquél que se crea con derecho sobre los inmuebles que se pretende usucapir. "