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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #129780  por o_h_c_
 
Hola???, como les va foristas, tanto tiempo, resulta que no estaba en mi ciudad, estoy de vuelta.

Deseo desasnarme en un tema; según tenia entendido, que, al fallecer una persona jubilada, esta pasaba a ser cobrada como pensión por el familiar que lo tenía a su cuidado, ¿es así?, bien una colega, tenía a su madre a su cuidado, esta señora fallece, y por consiguiente la hija demuestra ante anses que ella cuidaba a su madre y que debido a ese cuidado, hoy solicitaba ser beneficiada como pensionada de su madre.
bien en anses le dijeron, que lo único que iba a cobrar era la suma de $ 1400, por defunción de su mamá. pero que no le correspondia la pensión por más que demostrara que ella era quien cuidaba a su mamá.
pregunta ¿esto es así?, quedo derogado el decreto que sostenia esto?
agradecere a quien sepa del tema, me lo haga saber. Desde ya muchas gracias. Oscar

 #129796  por andrea1982
 
Perdón, pero no te referís a la 24.241 sino a algún régimen municipal o provincial, no?
Porque desde julio de 1994 rige la 24.241 y no contempla esa situación. Tampoco existe el decreto que vos decís. La ley anterior si comteplaba a la hija soltera, si no me equivoco, mayor de 50 años y sin trabajo.

 #131533  por empí©docles
 
Soltera. 50 años, sin actividad ni ingresos, y a cargo de la fallecida (que en este caso parecería ser al revés).- Es como te indica Andrea: desde hace casi 14 años que esa posibilidad que daba la 18037/38 ya no existe.-
Dale una leidita al art. 53 24241 que allí te enumera los derechohabientes.-